Existe la posibilidad compatibilizar las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia.
En estos casos es necesario modificar la autorización por otra que compatibiliza las actividades lucrativas por cuenta propia (autónomo, empresario, etc) y por cuenta ajena (empleado).
Los requisitos para obtener esta autorización son:
- Ser titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
- Acreditar la compatibilidad en el ejercicio de ambas actividades, en relación con su objeto y características, duración y jornada laboral.
- Reunir los requisitos generales para la obtención de cada una de ellas.
Si es titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena:
Deberá acreditar los requisitos exigidos para la actividad por cuenta propia. Es decir, cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada. Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera. Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo. Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
Si es titular de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia:
Deberá acreditar los requisitos exigidos para la actividad por cuenta ajena. La empresa solicitante deberá estar inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social, encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Administración y tener la solvencia necesaria para la contratación.